DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0073/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0073/2014

Fecha: 13-Nov-2014

Artículo 50.- (Mecanismos y procedimientos de transparencia y rendición de cuentas)

Artículo 50.- (Mecanismos y procedimientos de transparencia y rendición de cuentas) La Alcaldesa ó el Alcalde Municipal, deberá hacer una rendición pública de cuentas de su gestión municipal en general por lo menos dos veces al año; la misma deberá ser difundida de manera pública a través de los distintos medios de comunicación oral, escrita y/o alternativa, de manera previa y oportuna.