DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0172/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0172/2015

Fecha: 11-Ago-2015

ARTICULO 119. (COMPETENCIAS EXCLUSIVAS) I.

ARTICULO 119. (COMPETENCIAS EXCLUSIVAS) I. En el marco de las competencias exclusivas establecidas en el artículo 302. Par. I. de la Constitución Política del Estado el Municipio Agropecuario y Turístico de Luribay, mediante la presente Carta Orgánica Municipal, establece en la presente sección las competencias exclusivas básicas en materia de recursos naturales y medio ambiente.