DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0172/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0172/2015

Fecha: 11-Ago-2015

Sobre el numeral 8

Sobre el numeral 8: “La DCP 004/2015 de 14 de enero, sobre el particular y en el análisis de una disposición similar, señaló que: ‘El contenido del presente artículo, se refiere a la materia de «Ordenamiento territorial y uso de suelos», catalogada como competencia exclusiva municipal, en el art. 302.I numeral 6 de la CPE; si bien es acertado el desarrollo de dicha materia en la Carta Orgánica, debido a la importancia que tiene en la planificación del desarrollo municipal, es fundamental que el estatuyente municipal, a tiempo de desarrollar una materia, debe hacerlo en forma íntegra; en el presente caso, incorporando la coordinación que debe existir con los planes del nivel central, departamental y con los PIOCs, en el ejercicio de su competencia exclusiva, conforme establece la prerrogativa constitucional citada’.