DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0172/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0172/2015

Fecha: 11-Ago-2015

declarar la incompatibilidad con la Constitución Política del Estado, del art. 121 del proyecto

Y con referencia a los arts. 123 y 124, señaló que: “Los artículos cuestionados, advierten los siguientes cargos de incompatibilidad, por un lado, omite establecer la coordinación con los PIOC, aspecto que debe incluirse en la normativa con carácter previsor, conforme el art. 302.I.41 de la CPE; por otro lado, excede su competencia, toda vez que, quien define que recursos deben ser considerados como tal, es el nivel central del Estado, conforme al     art. 298.II.4 de la CPE, por tratarse justamente de recursos naturales sujetos de explotación y de interés nacional, además el estatuyente municipal si pretende reformular el art. 124 de este Proyecto, deberá verificar y compatibilizar su alcance con la Ley 535 de 28 de mayo de 2014 (Ley de Minería y Metalurgia).