SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0099/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0099/2016-S2

Fecha: 15-Feb-2016

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La calificación del delito de asesinato y sus agravantes, por los cuales fue sentenciado a pena privativa de libertad de 30 años sin derecho a indulto, demuestra total desconocimiento y errónea aplicación o adecuación de la conducta a los elementos del tipo penal acusado, por cuanto el argumento de que se enuncie la existencia de un desvalor a la vida, no puede considerarse como un motivo fútil o bajo, menos aún cuando tal conducta no ha sido establecida  ni en la acusación ni durante el juicio oral, asimismo, la sentencia manifiesta que de acuerdo a la prueba testifical producida la causa que dio origen a tan horrendo crimen habría sido la supuesta ruptura de la relación, extremo que nunca se dijo en juicio; además, se acusa la existencia de alevosía, lo que implicaría que no se dio opción de defensa a la víctima; sin embargo de acuerdo a las declaraciones del médico forense las puñaladas fueron hechas de frente y existían cortaduras y heridas en las manos de la víctima que hacen presumir defensa; y, finalmente, sobre el alegado ensañamiento y el intencionalidad de hacer sufrir y padecer dolor, se ha determinado en el estudio forense que las puñaladas fueron certeras y que la muerte se produjo en cinco minutos; por lo que, no existe adecuación del tipo penal de asesinato en relación a los hechos, habiendo el juzgador incurrido en incongruencias respecto a las conclusiones presentadas por el Ministerio Público y el acusador particular.