Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0099/2016-S2
Fecha: 15-Feb-2016
MAGISTRADA
[1] Corte IDH: Sentencia del 2 de julio de 2004 (caso Herrera Ulloa contra Costa Rica). Sentencia de 24 de septiembre de 1999 (caso Ivcher Bronstein contra Perú), Sentencia de 30 de mayo de 1999 (Castillo Petruzzi contra Perú), Sentencia de 19 de septiembre de 1999 (Caso Cesti Hurtado contra el Perú), Sentencia de 5 de julio de 2004 (caso 19 comerciantes contra Colombia), Sentencia de 29 de enero de 1997 (Genie Lacayo contra Nicaragua), Sentencia de 17 de septiembre de 1997 (Caso Loayza Tamayo contra el Perú), Durand y Ugarte contra el Perú (Sentencia del 16 de agosto de 2000).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- III.1.
- Fragmento 20
- Fragmento 21
- III.2. El derecho a la defensa
- el derecho a la defensa se constituye en una de sus principales garantías
- III.3. Derecho a la prueba
- Fragmento 25
- c)
- d)
- III.4. A
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- III.4.b) Auto de Vista 157 de 6 de septiembre de 2013
- ii)
- iii)
- iv)
- v)
- III.4.c. Del caso concreto
- pero en ninguna parte del dictamen dice que tenga problemas neurológicos que le impidan asistir a audiencia, ha venido y si ha venido consideramos que puede recibir una audiencia, este tribunal no solo está para conocer la cesación, debe desarrollarse y concluir el juicio oral,
- POR TANTO
- 2° CONCEDER
- MAGISTRADA