DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0031/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0031/2016

Fecha: 11-Abr-2016

ARTÍCULO 36.- (PROCEDIMIENO LEGISLATIVO) I.

ARTÍCULO 36.- (PROCEDIMIENO LEGISLATIVO) I. Los proyectos de Ley para su tratamiento en el Concejo Municipal, puede ser presentado por uno o más Concejales, por las Comisiones Permanentes y Especiales del Concejo, la Alcaldesa o Alcalde Municipal, Subalcaldesa o Subalcalde, por las instancias del mecanismo de participación ciudadana y control social, o mediante iniciativa legislativa ciudadana individual o colectiva.