DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0031/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0031/2016

Fecha: 11-Abr-2016

razón por la cual, el contenido íntegro del art. 35 en estudio, es incompatible.

Aunando a lo anterior, se observa que el nomem iuris del artículo analizado, además establece: “SUSPENSIÓN TEMPORAL Y DEFINITIVO”, sin considerar que la frase: “Y DEFINITIVO” vulnera el art. 157 de la CPE, por cuanto la suspensión definitiva no es aplicable para las autoridades electas; asimismo, transgrede los derechos y garantías de presunción de inocencia, debido proceso y defensa, tal cual estableció la citada SCP 2055/2012; razón por la cual, el contenido íntegro del art. 35 en estudio, es incompatible.