DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0031/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0031/2016

Fecha: 11-Abr-2016

bajo ese precepto constitucional, se declara la incompatibilidad del       art. 77 en análisis, debiendo adecuarse al mismo a lo previsto por la Constitución Política del Estado.

Con referencia al Plan de Ordenamiento Urbano y Territorial, el art. 302.I.6 de la CPE, señala que son competencias de los gobiernos municipales autónomos la: “Elaboración de Planes de Ordenamiento Territorial y de uso de suelos, en coordinación con los planes del nivel central del Estado, departamentales e indígenas”, bajo ese precepto constitucional, se declara la incompatibilidad del       art. 77 en análisis, debiendo adecuarse al mismo a lo previsto por la Constitución Política del Estado.