DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0031/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0031/2016

Fecha: 11-Abr-2016

ARTÍCULO 55.- (EMPRESAS MUNICIPALES)

ARTÍCULO 55.- (EMPRESAS MUNICIPALES) Para la ejecución de obras, prestación de servicios o explotaciones municipales, el Gobierno Autónomo Municipal de San Ramón está facultado para crear, constituir, disolver o participar en empresas, con recursos públicos, siempre y cuando se establezca la necesidad publica, se prevea la asignación de recursos correspondientes y esté debidamente fundamentada la estabilidad financiera institucional a largo plazo. Para el cumplimiento de este precepto y la contratación de Recursos Humanos, el Concejo Municipal queda encargado de su aplicación mediante Ley municipal.

“ARTÍCULO 55.- (EMPRESAS MUNICIPALES) Para la ejecución de obras, prestación de servicios o explotaciones municipales, el Gobierno Autónomo Municipal de San Ramón está facultado para crear, constituir, disolver o participar en empresas, con recursos públicos, siempre y cuando se establezca la necesidad publica, se prevea la asignación de recursos correspondientes y esté debidamente fundamentada la estabilidad financiera institucional a largo plazo. Para el cumplimiento de este precepto y la contratación de Recursos Humanos, el Concejo Municipal queda encargado de su aplicación mediante Ley municipal” (las negrillas nos pertenecen).