DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0075/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0075/2017

Fecha: 25-Sep-2017

art. 100.II

La DCP 0111/2016 con referencia al art. 100.II del proyecto de la Carta Orgánica, falló indicando que: ”El art. 100.II del presente proyecto, es incompatible con la Norma Suprema; toda vez que, acorde al art. 11.I.1 de la CPE, se determina que democracia puede ser: ‘Directa y participativa, por medio del referendo, la iniciativa legislativa ciudadana, la revocatoria de mandato, la asamblea, el cabildo y la consulta previa. Las asambleas y cabildos tendrán carácter deliberativo conforme a Ley’ (las negrillas son ilustrativas); razón por la cual, la disposición en análisis debe ser reformulada por el estatuyente, al existir una reserva de ley para el nivel central del Estado, siendo que la Carta Orgánica Municipal no puede legislar sobre este tema“.