DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0075/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0075/2017

Fecha: 25-Sep-2017

epígrafe

La DCP 0111/2016, con referencia al art. 13 del proyecto de la Carta Orgánica, falló señalando que: ”El epígrafe del art. 13 del proyecto de Carta Orgánica en estudio, es incompatible con la Constitución Política del Estado, en su frase: ‘…y libertades’; toda vez que, dentro del contenido del artículo en análisis, no se hace referencia alguna a la libertad; por ello, al existir incongruencia entre el contenido y el título, se debe adecuar el mismo, conforme a la previsión contenida en el art. 9.2 de la Norma Suprema, a objeto se respete la seguridad jurídica (la negrilla corresponde al texto original).

La DCP 0111/2016, con referencia a epígrafe del capítulo cuarto del Título IV del proyecto de la carta orgánica, falló en el siguiente sentido: ”…con referencia al epígrafe del Capítulo Cuarto ‘Linamientos de las competencias del Municipio’, la frase ‘…Del Municipio’ es incompatible con la Ley Fundamental, por el uso incorrecto del término municipio; porque las competencias le corresponden a las ETA; en tal sentido, concierne aplicar los fundamentos esgrimidos en el análisis del art. 3 del proyecto de Carta Orgánica Municipal“ (las negrillas corresponden al texto original).

La DCP 0111/2016, con referencia a epígrafe del capítulo quinto del Título IV del proyecto de la Carta Orgánica, falló en el siguiente sentido: ”Con referencia al epígrafe del Capítulo Quinto ’Políticas Sociales de las Competencias Exclusivas del Municoipio‘, donde la frase: ’…Del Municoipio‘ -entendiéndose por esta Municipio- resulta incompatible con la Constitución Política del Estado, debido al uso inapropiado del término municipio; porque las competencias le corresponden a las ETA; en tal sentido, corresponde aplicar los fundamentos esgrimidos en el desarrollo del art. 3 del proyecto de Carta Orgánica Municipal“ (las negrillas corresponden al texto original).