DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0075/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0075/2017

Fecha: 25-Sep-2017

art. 93.IV

Del artículo en análisis, se advierte que el art. 93.IV es incompatible con la Ley Fundamental, en su integridad, debido a que conforme previene el art. 241.IV de la CPE, ‘La Ley establecerá el marco general para el ejercicio del control social‘; en ese sentido, la carta orgánica no puede replicar, aumentar o desnaturalizar la ley del sector; toda vez que, sólo debe cumplir con lo indicado en el parágrafo VI del artículo citado, que indica: ’Las entidades del Estado generarán espacios de participación y control social por parte de la sociedad (las negrillas nos corresponden), siendo este el único mandato para la Carta Orgánica, sobre el cual puede desarrollar“.