DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0075/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0075/2017

Fecha: 25-Sep-2017

Artículo 24. Sesiones

V.    Las sesiones serán públicas y se levantará acta de los asuntos tratados. Sólo podrá establecerse Reserva cuando se pudiese afectar o perjudicar a la moral, el honor de las personas o se discutieran estrategias procesales en temas judiciales u otros temas que afectaren los intereses del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Rosa del Abuna. Esta decisión será adoptada por dos tercios (2/3) de los miembros presentes y las actas reservadas quedarán bajo custodia de la Presidencia del Concejo. Transcurridos diez (10) años desde la sesión reservada o por decisión de dos tercios (2/3) de los miembros presentes las actas adquirirán carácter público“.

V.    Las sesiones serán públicas y se levantará acta de los asuntos tratados.  Sólo podrá establecerse Reserva cuando se pudiese afectar o perjudicar a la moral, el honor de las personas o se discutieran estrategias procesales en temas judiciales u otros temas que afectaren los intereses del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Rosa del Abuna. Esta decisión será adoptada por dos tercios (2/3) de los miembros presentes y las actas reservadas quedarán bajo custodia de la Presidencia del Concejo“.