DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0075/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0075/2017

Fecha: 25-Sep-2017

art 46

Por otro parte, el art 46 en su último párrafo, es incompatible con la Constitución Política del Estado, en razón a que contiene un mandato ’…fijará…‘; cuando el art. 297.I.4 de la CPE, las competencias definidas son: ’Compartidas, aquellas sujetas a una legislación básica de la Asamblea Legislativa Plurinacional cuya legislación de desarrollo corresponde a las entidades territoriales autónomas, de acuerdo a su característica y naturaleza. La reglamentación y ejecución corresponderá a las entidades territoriales autónomas‘; razón por la cual, el contiendo debe ser reformulado tomando en cuenta que, el mandato es constitucional; y el proyecto de Carta Orgánica, no puede ocupar el lugar del nivel central del Estado, emitiendo mandato a niveles que no le corresponden“ (las negrillas corresponden al texto original).