DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0075/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0075/2017

Fecha: 25-Sep-2017

Artículo 33. De las Sub Alcaldías

II.    Las Sub alcaldías de las unidades desconcentradas, son instancias con autonomía de gestión administrativa, legal y técnica que por delegación operan y administran recursos, bienes y/o prestan servicios básicos de alcance municipal en el territorio urbano y rural del municipio, dependen funcional y políticamente del nivel ejecutivo según corresponda“.