SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1229/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1229/2019-S1

Fecha: 16-Dic-2019

7)

7)    Respecto a la aplicación indebida por parte del Tribunal de alzada del
art. 518 del CC, pues el documento privado de compromiso debió ser interpretado a favor de Julio Baldiviezo considerando que no existe prueba de descargo que denote que el mismo haya entrado en vigencia y surtido algún efecto entre partes; cabe evidenciar que el contrato surte efectos desde su suscripción por ser una manifestación de voluntad, mediante el cual reconoce el dominio o titularidad ajena, ya que es desde ese momento que cambia la calidad de los demandantes de usucapión sin importar la otra contraprestación, porque si cumplió o no, no es motivo de la Litis.