SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1229/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1229/2019-S1

Fecha: 16-Dic-2019

II.4.

II.4.    A raíz de la supra indicada determinación se emitió el Auto de Vista 46/2017 de 17 de marzo, que nuevamente confirmó en todas sus partes la Sentencia de primera instancia (fs. 150 a 159 vta.), frente a lo cual se interpusieron tres recursos de casación uno por parte de Marcelina Zenteno Velásquez de Baldiviezo; Rosmery Dolores, Luis Miguel, Willy Ceferino y Roberto Ángel, todos Baldiviezo Zenteno; y, Martha Natividad Gareca Iñiguez Vda. de Baldiviezo -ahora accionantes- (fs. 160 a 174 vta.); otro por Julio Baldiviezo -también impetrante de tutela- (fs. 175 a 184 vta.); y, finalmente el tercero por Sasson Isaac Attie Katran (fs. 185 a 201 vta.), los que fueron resueltos mediante AS 585/2018 de 28 de junio, por el cual Juan Carlos Berrios Albizu y Marco Ernesto Jaimes Molina, Magistrados de la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia -ahora demandados-, declararon infundado el recurso interpuesto por Marcelina Zenteno Velásquez de Baldiviezo; Rosmery Dolores, Luis Miguel, Willy Ceferino y Roberto Ángel, todos Baldiviezo Zenteno; y, Martha Natividad Gareca Iñiguez Vda. de Baldiviezo; infundado el recurso de casación de Julio Baldiviezo; y, casó en parte el referido Auto de Vista 46/2017, resolviendo en el fondo declarar probada la demanda reconvencional de acción reivindicatoria, disponiendo que los demandados reconvencionales hagan entrega del bien inmueble situado en el ex fundo San Mateo, cantón El Monte, provincia Cercado del departamento de Tarija, sea en el plazo de cuarenta y cinco días una vez ejecutoriada la Sentencia, Auto Supremo que fue notificado a los peticionantes de tutela el 30 de julio de 2018 (fs. 223 a 236; y, 237 y vta.).