Auto Supremo AS/0308/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0308/2017

Fecha: 02-May-2017

En el caso analizado, “…de acuerdo a la denuncia formulada, la acusación fiscal, la acusación


En el caso analizado, “…de acuerdo a la denuncia formulada, la acusación fiscal, la acusación particular, la Sentencia de 28 de noviembre de 2011, se advierte que el imputado cometió el hecho calificado en el art. 309 del CP, delito entre los que se tiene bajo el nomen juris de ESTUPRO. En ese entendido el Art. 309 establece que: ‘Quien mediante seducción o engaño, tuviere acceso carnal con persona de uno y otro sexo mayo de catorce (14) y menos de dieciocho (18) años, será sancionado con privación de libertad de tres a seis años’”