Auto Supremo AS/0279/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0279/2018-RRC

Fecha: 07-May-2018

I.2. Admisión de los recursos


c)Como tercer motivo de la apelación restringida, denuncia falta de fundamentación al resolver el tercer motivo de su apelación restringida, indicando que en el mismo denuncio falta de fundamentación al aplicar el quantum de la pena, precisando que se le impuso el máximo de la pena establecida en el tipo penal por el cual se lo condenó, sin aplicar los arts. 37 y 38 del CP, los cuales no habrían sido citados, vulnerándose el debido proceso, al habérsele impedido saber a ciencia cierta si evidentemente le correspondía la imposición de la máxima pena (1 año), confirmándose la vulneración del debido proceso y su derecho a la defensa.

I.1.2. Petitorios.

El Viceministro de Transparencia Institucional y Lucha contra la Corrupción, además de los representantes del Gobierno Autónomo Departamental de Chuquisaca, solicitan se deje sin efecto el Auto de Vista recurrido debiendo pronunciarse nueva resolución conforme a la doctrina legal a emitirse; petición coincidente con la formulada por la imputada Savina Cuéllar Leaños, quien agrega el pedido de respeto a las garantías y derechos constitucionales procesales, contenidos en los arts. 25 de la Constitución Política del Estado (CPE), 124 y 180 del CPP.

I.2. Admisión de los recursos