Auto Supremo AS/0808/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0808/2018-RRC

Fecha: 10-Sep-2018

Otro elemento carente de fundamentación, que también violenta el debido proceso en su vertiente de


Otro elemento carente de fundamentación, que también violenta el debido proceso en su vertiente de presunción de inocencia y seguridad jurídica, sería la afirmación de que la remuneración que percibe en la óptica que trabaja, no condice con los viajes realizados en líneas aéreas y menos en la adquisición de un automóvil; afirmación del A quo, que carecería de fundamento al no haber argumentado qué relación tiene el hecho afirmado, con el ilícito de Legitimación de Ganancias Ilícitas, tomando en cuenta que la movilidad no habría sido adquirida de la familia Salguero, no existiendo nexo causal. Asimismo, se hubiese pretendido señalar que incurrió en el ilícito acusado, porque no tiene actividad lícita, afirmación contraria a la señalada por el propio Tribunal de Sentencia que refirió que trabaja en una óptica; también habría afirmado que al no tener una actividad lícita, no justificó el incremento de su patrimonio, afirmación que considera arbitraria e ilegal, que violenta el debido proceso en su vertiente de seguridad jurídica, presunción de inocencia y principio de certeza, pues el justiciable debe saber qué es lo que se investiga, hecho que en el caso de autos no se supo, al no especificar qué incremento de patrimonio se investiga, tomando en cuenta que el informe del IDIF y técnico conclusivo emitido por el Sof. Antonio Paucara Mamani, establecerían que no se investigó el patrimonio del hoy apelante; en consecuencia, no existiría la investigación del delito de Legitimación de Ganancias Ilícitas y los elementos de prueba con los que se establecería el hecho acusado y a cuánto asciende el mismo. El A quo, también señalaría otros gastos, los cuales, a decir del imputado, deben ser investigados para establecer la existencia del hecho y la participación de su persona