Auto Supremo AS/0192/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0192/2019-RRC

Fecha: 08-May-2019

Como se tiene señalado Jiménez Olmos, planteó en apelación restringida su disconformidad con la Sentencia


El recurrente considera que el Auto de Vista de 20 de abril de 2018, viola los arts. 124 y 398 del CPP, por falta de fundamentación y no haber dado respuesta a los agravios planteados, asumiendo una dirección contraria a la doctrina legal contenida en el Auto Supremo 423/2013 de 13 de septiembre.

Como se tiene señalado Jiménez Olmos, planteó en apelación restringida su disconformidad con la Sentencia de grado, acusándola de basarse en hechos inexistentes alrededor de la aplicación del art. 20 del CP, alegando que no se habría demostrado su participación en el crimen, así como, cuestionó la introducción de la prueba A-14, A-16, A-58, tachándolas con distintos argumentos de ilícitas. El Tribunal de apelación, comprendió que estos reclamos no poseían mérito alguno, habida cuenta que se trataban más de una cuestión en la que se orillaba a brindar una nueva opinión sobre la prueba, es decir, revalorizarla; así, dicho tribunal manifestó “al Tribunal de alzada le está prohibido realizar una tarea intelectiva de revalorización de la prueba producida en juicio oral. Al margen de ello, en las apelaciones restringidas formuladas por los imputados, no existe una exposición concreta sobre cuales principios de la lógica, e la experiencia y de la sicología se hubieren vulnerado” (sic)