Auto Supremo AS/0192/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0192/2019-RRC

Fecha: 08-May-2019

El recurso de apelación restringida es regulado por los arts


El recurso de apelación restringida es regulado por los arts. 407 y ss. del CPP. En el orden de la norma boliviana es el instrumento para el control de legalidad y racionalidad de una Sentencia, fallo que se forja a través del debate oral y bajo los principios de inmediación, continuidad y contradicción. El art. 329 del CPP, es taxativo al indicar que la etapa esencial del proceso es el juicio oral, de manera que si la Sentencia es el producto final, cualesquier actuar oficioso de parte de la autoridad jerárquica es de por sí limitado por la propia composición del sistema, a los aspectos de control de legalidad y racionalidad; es decir, si la Ley fue correctamente aplicada, y si el razonamiento o las inferencias realizadas siguieron un razonamiento crítico correcto. Las causales que habilitan apelación restringida en contra de la Sentencia se encuentran catalogadas en el art. 370 del CPP y si bien constituyen un indicador de actuación recursiva, no inhibe de modo alguno que su invocación se halle abierta a la discreción, por cuanto sobre ellas, deberá sostenerse con solvencia las razones por las que se considere una Sentencia posee uno u otro defecto