Auto Supremo AS/0192/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0192/2019-RRC

Fecha: 08-May-2019

Dentro de los reclamos identificados por el recurrente como defectos de la Sentencia conforme el


Dentro de los reclamos identificados por el recurrente como defectos de la Sentencia conforme el art. 370 incs. 1) y 6) del CPP, fueron basados en la sola afirmación enfática de no haber participado en el hecho y negando veracidad de su presencia en el hecho, de hecho los argumentos fueron abiertamente insuficientes a efectos de revisión en apelación restringida, si bien formalmente se presentaron las normas que se consideraron violadas, debe entenderse que el catálogo del art. 370 del CPP, describe cuestiones habilitantes al recurso; empero, no excluye que en su planteamiento se libere a quien recurre de fundamentar su reclamo tanto fáctica como jurídicamente. El abordaje brindado por el Tribunal de apelación, desnuda aquellas deficiencias, describiéndolas y sentando su decisión sobre argumentos limitados en sí mismos; aunque, no obstante a todo ello, la Sala Penal Tercera, cumplió con su deber de verificar si la Sentencia poseía condiciones mínimas de fundamentación, a saber claridad, logicidad y completitud