Auto Supremo AS/0192/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0192/2019-RRC

Fecha: 08-May-2019

Por otro lado desarrolló la existencia de los defectos de sentencia descritos en el art


Asimismo en el marco del art. 370 inc. 4) del CPP, e incumplimiento a los arts. 171, 172 y 173 de la misma norma, expresó que entre las declaraciones de EMM, WB, EP, SC, GR y las documentales A-28, A-29, A-33 y A-34, el contenido de una de ellas fue anulado sin fundamento en derecho, y cuya valoración implicaría desestimar su participación en el hecho. De igual forma, las fotografías en las que se reconocería a su persona “fueron extraídas del video que fue objeto de exclusión probatoria” (sic).

Por otro lado desarrolló la existencia de los defectos de sentencia descritos en el art. 370 incs. 5) y 6) del CPP, al manifestar que las declaraciones valoradas en los Considerandos VII al X del fallo de mérito, contendrían datos contradictorios y parciales sobre lo testimoniado en juicio oral (enfatizando las conclusiones extractadas de lo declarado por FBP), que condujeran a una decisión no fundamentada