Auto Supremo AS/0192/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0192/2019-RRC

Fecha: 08-May-2019

Expresó que los arts


En actuación saliente de fs. 3288 a 3294 vta., Nicolás Rojas Calvi, expuso que:

El alcance brindado al art. 20 del CP, por la Sentencia, constituyó errónea aplicación de la ley sustantiva, asegurando que su persona no fue parte del tumulto ni agredió físicamente a las víctimas, y que ello fuera demostrado por la atestación de WFBP. Al contrario, precisó que su actuación procuró persuadir a los comunarios en deponer actitudes; enfatizó que mal podría aplicársele extensivamente una participación sin mediar los elementos que lo vinculen a los hechos.

Expresó que los arts. 13 y 172 del CPP, fueron inobservados, pues se introdujo y valoró prueba obtenida violando derechos y garantías constitucionales, indicando que la producción de la signada A-30, en la que se utilizaron imágenes de video congeladas, fue llevada a cabo sin cumplir con las previsiones del art. 219 del CPP en lo que respecta a la participación de su abogado defensor; agregando que el video del cual se obtuvieron las imágenes fue excluido en el proceso