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    Auto Supremo AS/0563/2019-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0563/2019-RRC

    Fecha: 05-Ago-2019

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por Sentencia Constitucional Plurinacional 0524/2013-L de 18 de junio (fs
    • I.1. Antecedentes
    • Por Sentencia 002/2007 de 2 de octubre (fs
    • Notificados con el Referido Auto de Vista, Germán Orlando Quiroga Ferrel el 4 de mayo
    • I.1.1.1. Recurso de casación de Germán Orlando Quiroga Ferrel
    • Afirma que fue procesado por el delito de Peculado previsto por el art
    • I.1.1.2. Recurso de casación de Guido Antonio Galleguillos Quiroga
    • Alega que nunca administró, percibió ni fue custodio de caudales del Estado y sólo recibió
    • En el otrosí 1 de su recurso, refiere que por el tiempo transcurrido desde su
    • I.1.1.3. Recurso de casación de Miguel Fernández Espinoza
    • Previa descripción de antecedentes procesales, reclama infracción de los arts
    • Interpretación errónea del art
    • Infracción del art
    • Errónea calificación en concurso ideal de los delitos de Contratos Lesivos al Estado, última parte,
    • I.1.1.4. Recurso de casación de Luis Montero Zankyz
    • Acusa la nulidad prevista en el art
    • I.1.1.5. Recurso de casación de Arturo G. E. Arnez Osinaga
    • En su calidad de asesor legal y querellante apoderado de la Prefectura del Departamento de
    • I.1.1.6. Recurso de casación de Arturo Galarza Jiménez
    • Después de una escueta relación de los actuados, resalta que en su calidad de funcionario
    • I
    • Alega que el Auto de Vista recurrido es lesivo a los intereses de su defendido
    • Radicada la causa, en cumplimiento a lo dispuesto por el art
    • II.1.De la Sentencia
    • Por Sentencia 002/2007 de 2 de octubre, el Juez de Partido en lo Penal y
    • Que fue profesional I del área de emergencias dependiente del despacho del Prefecto y responsable
    • Por otra parte, el imputado en su confesión refiere que no es ingeniero, que si
    • Cursan fotocopias legalizadas por el Secretario de Cámara de la Sala Penal Tercera que acreditan
    • Asimismo, se tiene el informe de auditoría 099/99 que determina responsabilidad civil contra el procesado,
    • Respecto a Arturo Galarza Jiménez
    • Que refiere que entregó la suma de Bs
    • A fs
    • Consecuentemente se tiene que su actuar en la función que ejercía de manera alguna dio
    • Respecto a Ramiro Gonzalo Francisco Taborga Ramos
    • Sobre el incumplimiento por parte del contratista en el caso de Totora (COFING), y
    • Respecto a Miguel Fernández Espinoza
    • De su declaración informativa y confesión, demuestran fehacientemente el daño ocasionado al Estado y sobre
    • Del acta de entendimiento en la localidad de Totora del 3 de noviembre de 1998
    • En el informe de auditoría Nº 0009/99 en el punto c) se vuelve a determinar
    • Respecto al anexo Nº 1, sobre el proceso civil que se ventiló en el juzgado
    • Siendo objetivas y relevantes las fotografías sobre el trabajo realizado por COFING y la testifical
    • En cuanto a los Contratos Lesivos al Estado el sujeto pasivo es la comunidad social
    • Respecto a Guido Antonio Galleguillos Quiroga
    • Al prestar su declaración refiere que la donación China llegó en noviembre de 1998, cuando
    • Refiere el imputado que el único encargado de abrir el galpón era el sub Oficial
    • Se demostró de forma fehaciente que el imputado procedió a realizar la entrega de los
    • En cuanto a Luis Montero Zankis
    • Quien era director del SENADECI, se tiene que la prueba consistente en informe de la
    • II.2. De los recursos de apelaciones restringidas
    • Notificadas las partes con la Sentencia, interpusieron recurso de apelación: Germán Orlando Quiroga Ferrel (fs
    • II.2.1. Del recurso de Miguel Fernández Espinoza
    • Denuncia, que la Sentencia le atribuyó erróneamente la autoría de los delitos de Contratos Lesivos
    • Errónea apreciación y valoración de la prueba en la que fue basada la Sentencia; puesto
    • “Ampliación de Auto Inicial de la Instrucción y posterior sentencia condenatoria ilegales por estar basada
    • Añade que la Sentencia incurrió en una contradictoria interpretación de hechos; puesto que, a través
    • Reclama errónea calificación en concurso ideal de delitos y consiguiente agravación de pena; puesto que,
    • II.3. Del Auto de Vista
    • En relación al recurso de Miguel Fernández Espinoza
    • De la revisión de la documentación señalada en el recurso de apelación y en el
    • En cuanto a que el Juez habría otorgado el valor de plena prueba a su
    • También el apelante sostiene que el Juez inferior incurrió en errónea apreciación y valoración de
    • Transcribiendo el Tribunal de apelación el art
    • En cuanto, a la alegación sobre “grave error de apreciación” de la prueba en la
    • Respecto a la ampliación de auto inicial de la Instrucción y posterior sentencia condenatoria serían
    • Respecto a que la sentencia contiene una contradictoria interpretación y apreciación de los hechos, haciendo
    • Respecto a la alegación de que la calificación en concurso ideal de los delitos de
    • Con relación al delito previsto por el art
    • En base a dichos fundamentos, así como en relación a los demás imputados declaró Infundados
    • II.5. De la Sentencia Constitucional 524/2013-L de 18 de junio
    • Que ante la emisión del Auto de Vista el procesado interpuso recurso de casación y
    • “… se advierte que la primera impugna todo el proceso penal, pero básicamente puntos consistentes
    • Por otro lado, no efectuó una debida fundamentación jurídica en su Resolución, que dé certeza
    • La primera Disposición Final del vigente Código de Procedimiento Penal, establece que entrará en vigencia
    • En el caso de autos, se tiene de los antecedentes, que el presente proceso, tuvo
    • Ahora bien, en previsión de lo dispuesto por el art
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • III.2.1. Del recurso de casación interpuesto por Germán Orlando Quiroga Ferrel
    • De la revisión de antecedentes, se evidencia que el recurrente cumplió con el requisito relativo
    • Ahora bien, el recurrente reclama que los jueces de grado incurrieron en inobservancia y quebrantamiento
    • Al respecto, de los antecedentes procesales se tiene que Germán Orlando Quiroga Ferrel, recibió en
    • III.2.2. Del recurso de casación interpuesto por Guido Antonio Galleguillos Quiroga
    • El recurrente reclama que nunca administró, percibió ni fue custodio de caudales del Estado y
    • Al respecto, se tiene que, Guido Antonio Galleguillos Quiroga, fue involucrado en autos, por haber
    • Ahora bien, el recurrente también reclama sobre el tiempo transcurrido, ya que, desde su iniciación
    • En esta temática es menester señalar que por Auto Supremo 004/2013-RRC de 3 de enero,
    • III.2.3. Del recurso de casación interpuesto por Miguel Fernández Espinoza
    • III
    • Al respecto, el Auto de Vista abrió su competencia y desestimó la denuncia alegando que
    • Ahora bien, continuando con los fundamentos del Auto de Vista a tiempo de responder respecto
    • De esa necesaria relación de antecedentes, no se advierte que el Tribunal de alzada no
    • Al respecto, corresponde precisar que conforme lo dispuesto por el art
    • Al respecto corresponde puntualizar que el recurrente ante la emisión de la Sentencia formuló recurso
    • Respecto a lo cual, el Auto de Vista abrió su competencia señalando que el apelante
    • De esa relación necesaria de antecedentes no resulta evidente que el Auto de Vista impugnado
    • Al respecto, al igual que en el motivo identificado en el punto III
    • Al respecto, se constata que el Auto de Vista impugnado, en primer lugar identificó el
    • En ese sentido, no se evidencia que el Auto de Vista impugnado hubiere desconocido el
    • III.2.4. Del recurso de casación interpuesto por Luis Montero Zankys
    • El recurrente acusa infracción de los artículos 144 y 243 del CPP de 1972, por
    • Al respecto el Auto de Vista precisó que se llegó a establecer de la revisión
    • Reclama que respecto a los procesados Miguel Ángel Nogales Salazar, Ernesto Acosta Guzmán, Armando Silva
    • El Tribunal de alzada, respecto a lo alegado por Arturo G
    • III.2.6. Del recurso de casación interpuesto por Arturo Galarza Jiménez
    • Denuncia, que en su calidad de funcionario de la Prefectura en el cargo de “cajero”
    • Al respecto, el Tribunal de apelación, modificó la sentencia declarativa de inocencia por la de
    • Alega que el Auto de Vista recurrido es lesivo, ya que, debió declarar la absolución
    • Al respecto, el Tribunal de alzada señaló que no obstante haber tenido conocimiento de que
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en acuerdo con el Requerimiento Fiscal, en
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • FDO
    • Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque

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