Auto Supremo AS/0563/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0563/2019-RRC

Fecha: 05-Ago-2019

Transcribiendo el Tribunal de apelación el art


Transcribiendo el Tribunal de apelación el art. 189 del CPP abrog., advierte que la defensa de fondo debe plantear, sustanciar y resolver como una excepción de ulterior pronunciamiento en el Auto Final de la instrucción o en Sentencia según sea la naturaleza de la excepción formalmente planteada; sin embargo, en el presente caso de la revisión del desarrollo de la etapa del plenario, constata que Miguel Fernández no planteo formalmente ninguna excepción relativa a alguna defensa propiamente de fondo, por lo que en Sentencia no se pronunció sobre ninguna excepción, no siendo pertinente que el Tribunal de apelación se pronuncie sobre alguna defensa de fondo que el procesado no planteó formalmente como excepción durante el desarrollo del plenario y que tampoco fue resuelta en sentencia, lo que implica que el procesado al no haberla opuesto durante el juicio plenario ya no puede plantearla en grado de apelación ya que las excepciones previas como las de defensa propiamente de fondo tienen que ser sometidas a un debate contradictorio y en igualdad de armas por las partes