Auto Supremo AS/0563/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0563/2019-RRC

Fecha: 05-Ago-2019

De esa relación necesaria de antecedentes no resulta evidente que el Auto de Vista impugnado


De esa relación necesaria de antecedentes no resulta evidente que el Auto de Vista impugnado hubiere incurrido en una errónea interpretación del art. 189 del CPP abrog., como arguye el recurrente, sino por el contrario el Tribunal de alzada ante la denuncia planteada constató que el imputado en el desarrollo del plenario no había planteado formalmente ninguna excepción relativa a alguna defensa de fondo, por lo que en Sentencia no se había pronunciado sobre ninguna excepción, en cuyo efecto advirtió que no era pertinente que el Tribunal de apelación se pronuncie sobre alguna defensa de fondo que el procesado no planteó formalmente como excepción, argumento que resulta coherente y en relación a los datos del proceso, lo que de ninguna manera implica que omitiere pronunciarse sobre la prueba de descargo y defensa de fondo que fueron objeto de apelación, pues precisamente a dicho reclamo el Tribunal de alzada precisó sobre la defensa de fondo prevista por el art. 189 del CPP de 1972; además, corresponde precisar, que las pruebas concernientes a: acta de audiencia pública fundamentaciones para sentencia de 31 de mayo de 2007; y, el memorial de alegatos para Sentencia, recién las menciona el recurrente en ésta etapa casacional; y, no en la etapa de apelación a fin de que el Tribunal de alzada pudiera pronunciarse al respecto, consecuentemente el presente motivo carece de mérito