Añade que la Sentencia incurrió en una contradictoria interpretación de hechos; puesto que, a través
Añade que la Sentencia incurrió en una contradictoria interpretación de hechos; puesto que, a través de la sentencia pronunciada por el Juez en lo civil se ha demostrado que la existencia y/o inexistencia de los elementos constitutivos de los tipos penales previstos por los arts. 221 y 222 del CP, necesariamente dependen de la resolución final de la jurisdicción competente civil, el Juez plenaria en contradicción a sus propios fundamentos expuestos en el Auto de 6 de junio de 2006 ilegalmente pronunció la Sentencia condenatoria contra su persona vulnerando el principio de que el derecho penal es de última ratio
- Por Sentencia Constitucional Plurinacional 0524/2013-L de 18 de junio (fs
- I.1. Antecedentes
- Por Sentencia 002/2007 de 2 de octubre (fs
- Notificados con el Referido Auto de Vista, Germán Orlando Quiroga Ferrel el 4 de mayo
- I.1.1.1. Recurso de casación de Germán Orlando Quiroga Ferrel
- Afirma que fue procesado por el delito de Peculado previsto por el art
- I.1.1.2. Recurso de casación de Guido Antonio Galleguillos Quiroga
- Alega que nunca administró, percibió ni fue custodio de caudales del Estado y sólo recibió
- En el otrosí 1 de su recurso, refiere que por el tiempo transcurrido desde su
- I.1.1.3. Recurso de casación de Miguel Fernández Espinoza
- Previa descripción de antecedentes procesales, reclama infracción de los arts
- Interpretación errónea del art
- Infracción del art
- Errónea calificación en concurso ideal de los delitos de Contratos Lesivos al Estado, última parte,
- I.1.1.4. Recurso de casación de Luis Montero Zankyz
- Acusa la nulidad prevista en el art
- I.1.1.5. Recurso de casación de Arturo G. E. Arnez Osinaga
- En su calidad de asesor legal y querellante apoderado de la Prefectura del Departamento de
- I.1.1.6. Recurso de casación de Arturo Galarza Jiménez
- Después de una escueta relación de los actuados, resalta que en su calidad de funcionario
- I
- Alega que el Auto de Vista recurrido es lesivo a los intereses de su defendido
- Radicada la causa, en cumplimiento a lo dispuesto por el art
- II.1.De la Sentencia
- Por Sentencia 002/2007 de 2 de octubre, el Juez de Partido en lo Penal y
- Que fue profesional I del área de emergencias dependiente del despacho del Prefecto y responsable
- Por otra parte, el imputado en su confesión refiere que no es ingeniero, que si
- Cursan fotocopias legalizadas por el Secretario de Cámara de la Sala Penal Tercera que acreditan
- Asimismo, se tiene el informe de auditoría 099/99 que determina responsabilidad civil contra el procesado,
- Respecto a Arturo Galarza Jiménez
- Que refiere que entregó la suma de Bs
- A fs
- Consecuentemente se tiene que su actuar en la función que ejercía de manera alguna dio
- Respecto a Ramiro Gonzalo Francisco Taborga Ramos
- Sobre el incumplimiento por parte del contratista en el caso de Totora (COFING), y
- Respecto a Miguel Fernández Espinoza
- De su declaración informativa y confesión, demuestran fehacientemente el daño ocasionado al Estado y sobre
- Del acta de entendimiento en la localidad de Totora del 3 de noviembre de 1998
- En el informe de auditoría Nº 0009/99 en el punto c) se vuelve a determinar
- Respecto al anexo Nº 1, sobre el proceso civil que se ventiló en el juzgado
- Siendo objetivas y relevantes las fotografías sobre el trabajo realizado por COFING y la testifical
- En cuanto a los Contratos Lesivos al Estado el sujeto pasivo es la comunidad social
- Respecto a Guido Antonio Galleguillos Quiroga
- Al prestar su declaración refiere que la donación China llegó en noviembre de 1998, cuando
- Refiere el imputado que el único encargado de abrir el galpón era el sub Oficial
- Se demostró de forma fehaciente que el imputado procedió a realizar la entrega de los
- En cuanto a Luis Montero Zankis
- Quien era director del SENADECI, se tiene que la prueba consistente en informe de la
- II.2. De los recursos de apelaciones restringidas
- Notificadas las partes con la Sentencia, interpusieron recurso de apelación: Germán Orlando Quiroga Ferrel (fs
- II.2.1. Del recurso de Miguel Fernández Espinoza
- Denuncia, que la Sentencia le atribuyó erróneamente la autoría de los delitos de Contratos Lesivos
- Errónea apreciación y valoración de la prueba en la que fue basada la Sentencia; puesto
- “Ampliación de Auto Inicial de la Instrucción y posterior sentencia condenatoria ilegales por estar basada
- Añade que la Sentencia incurrió en una contradictoria interpretación de hechos; puesto que, a través
- Reclama errónea calificación en concurso ideal de delitos y consiguiente agravación de pena; puesto que,
- II.3. Del Auto de Vista
- En relación al recurso de Miguel Fernández Espinoza
- De la revisión de la documentación señalada en el recurso de apelación y en el
- En cuanto a que el Juez habría otorgado el valor de plena prueba a su
- También el apelante sostiene que el Juez inferior incurrió en errónea apreciación y valoración de
- Transcribiendo el Tribunal de apelación el art
- En cuanto, a la alegación sobre “grave error de apreciación” de la prueba en la
- Respecto a la ampliación de auto inicial de la Instrucción y posterior sentencia condenatoria serían
- Respecto a que la sentencia contiene una contradictoria interpretación y apreciación de los hechos, haciendo
- Respecto a la alegación de que la calificación en concurso ideal de los delitos de
- Con relación al delito previsto por el art
- En base a dichos fundamentos, así como en relación a los demás imputados declaró Infundados
- II.5. De la Sentencia Constitucional 524/2013-L de 18 de junio
- Que ante la emisión del Auto de Vista el procesado interpuso recurso de casación y
- “… se advierte que la primera impugna todo el proceso penal, pero básicamente puntos consistentes
- Por otro lado, no efectuó una debida fundamentación jurídica en su Resolución, que dé certeza
- La primera Disposición Final del vigente Código de Procedimiento Penal, establece que entrará en vigencia
- En el caso de autos, se tiene de los antecedentes, que el presente proceso, tuvo
- Ahora bien, en previsión de lo dispuesto por el art
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.2.1. Del recurso de casación interpuesto por Germán Orlando Quiroga Ferrel
- De la revisión de antecedentes, se evidencia que el recurrente cumplió con el requisito relativo
- Ahora bien, el recurrente reclama que los jueces de grado incurrieron en inobservancia y quebrantamiento
- Al respecto, de los antecedentes procesales se tiene que Germán Orlando Quiroga Ferrel, recibió en
- III.2.2. Del recurso de casación interpuesto por Guido Antonio Galleguillos Quiroga
- El recurrente reclama que nunca administró, percibió ni fue custodio de caudales del Estado y
- Al respecto, se tiene que, Guido Antonio Galleguillos Quiroga, fue involucrado en autos, por haber
- Ahora bien, el recurrente también reclama sobre el tiempo transcurrido, ya que, desde su iniciación
- En esta temática es menester señalar que por Auto Supremo 004/2013-RRC de 3 de enero,
- III.2.3. Del recurso de casación interpuesto por Miguel Fernández Espinoza
- III
- Al respecto, el Auto de Vista abrió su competencia y desestimó la denuncia alegando que
- Ahora bien, continuando con los fundamentos del Auto de Vista a tiempo de responder respecto
- De esa necesaria relación de antecedentes, no se advierte que el Tribunal de alzada no
- Al respecto, corresponde precisar que conforme lo dispuesto por el art
- Al respecto corresponde puntualizar que el recurrente ante la emisión de la Sentencia formuló recurso
- Respecto a lo cual, el Auto de Vista abrió su competencia señalando que el apelante
- De esa relación necesaria de antecedentes no resulta evidente que el Auto de Vista impugnado
- Al respecto, al igual que en el motivo identificado en el punto III
- Al respecto, se constata que el Auto de Vista impugnado, en primer lugar identificó el
- En ese sentido, no se evidencia que el Auto de Vista impugnado hubiere desconocido el
- III.2.4. Del recurso de casación interpuesto por Luis Montero Zankys
- El recurrente acusa infracción de los artículos 144 y 243 del CPP de 1972, por
- Al respecto el Auto de Vista precisó que se llegó a establecer de la revisión
- Reclama que respecto a los procesados Miguel Ángel Nogales Salazar, Ernesto Acosta Guzmán, Armando Silva
- El Tribunal de alzada, respecto a lo alegado por Arturo G
- III.2.6. Del recurso de casación interpuesto por Arturo Galarza Jiménez
- Denuncia, que en su calidad de funcionario de la Prefectura en el cargo de “cajero”
- Al respecto, el Tribunal de apelación, modificó la sentencia declarativa de inocencia por la de
- Alega que el Auto de Vista recurrido es lesivo, ya que, debió declarar la absolución
- Al respecto, el Tribunal de alzada señaló que no obstante haber tenido conocimiento de que
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en acuerdo con el Requerimiento Fiscal, en
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- FDO
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque
