AUTO 32/1980, de 6 de octubre
Fecha: 06-Oct-1980
1. La exigencia que el art. 81.1 de la LOTC impone a las personas físicas o jurídicas para comparecer en los procesos constitucionales como actores o coadyuvantes, de conferir su representación a un Procurador y actuar bajo la dirección de Letrado constituye, cuando es incúmplida, un defecto de los que, de acuerdo con lo preceptuado en el art. 50....