AUTO 14/1980, de 24 de septiembre
Fecha: 24-Sep-1980
1. El amparo constitucional frente a disposiciones o actos del Gobierno o de sus autoridades o funcionarios no es, en el caso del art. 43.1 de la LOTC, un recurso directo en el sentido de que pueda interponerse sin el previo agotamiento de la vía judicial procedente. Por el contrario, el art. 53.2 de la Constitución Española, y con sujeción a esta...