AUTO 39/1983, de 2 de febrero
Fecha: 02-Feb-1983
Único. La suspensión que regulan los arts. 56 y 57 de la LOTC, como una incidencia en los recursos de amparo para preservar cautelarmente, y hasta tanto se decide el amparo, los derechos y libertades reconocidos en los arts. 14 a 29 y 30, de la Constitución, ha de ser de actos que, prima facie, sean atentatorios a algunos de indicados derechos o l...