AUTO 242/1992, de 25 de agosto
Fecha: 25-Ago-1992
1. A la vista de las alegaciones de las partes, procede confirmar nuestra inicial apreciación, puesta de manifiesto en la providencia de 26 de noviembre de 1990, de que la demanda carece de contenido que justifique una decisión sobre el fondo por parte del Tribunal Constitucional, concurriendo el supuesto de inadmisión previsto en el art. 50.1 c) ...