AUTO 208/1998, de 5 de octubre
Fecha: 05-Oct-1998
1. Recibidas las alegaciones del demandante de amparo y del Ministerio Fiscal, procede confirmar la concurrencia de la causa de inadmisión de la demanda prevista en el art. 50.1 c) LOTC, esto es, la, carencia manifiesta de contenido que justifique una decisión en forma de Sentencia por parte del Tribunal Constitucional. 2. En efecto, no resulta po...