SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0004/2003
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0004/2003

Fecha: 20-Ene-2003

Fragmento 46

          De todo lo examinado en la presente sentencia, se concluye que la Sala Plena de la Corte Superior de Distrito de Cochabamba actuó sin atribución legal alguna al designar al abogado Jaime Arévalo Gumucio  como Conjuez, para que resuelva la apelación formulada por el LAB S.A. contra el Auto de 1 de junio de 2002, y, consiguientemente, todas las actuaciones efectuadas con la presencia de dicho abogado -que ejerció una competencia no emanada de la ley, y, por tanto, inexistente- están viciadas de nulidad al tenor de lo previsto por el art. 31 de la Constitución Política del Estado (CPE).