SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0004/2003
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0004/2003

Fecha: 20-Ene-2003

I.3.1.1

I.3.1.1 De acuerdo a lo establecido por el art. 81 LTC, el recurso está planteado en forma extemporánea contra el Auto de 23 de julio de 2002, pues el LAB S.A. fue notificado con el mismo el 31 de julio. “Si es evidente este hecho, significa  que la nominación del abogado Dr. Jaime Arévalo Gumucio para integrar el Tribunal que conozca la apelación del Auto de 1 de junio de este año, juntamente con el  Conjuez Dr. Manuel Guerra Mercado, está plenamente legalizada, como legalizada está su convocatoria conforme a lo que establece el art. 85, concordante con el art. 127 de la Ley de Organización Judicial”.