SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0037/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0037/2007-R

Fecha: 31-Ene-2007

3.

3. Si bien el recurrente dice que una Sentencia Constitucional se declaró la inconstitucionalidad de ese norma, sin embargo, la “norma migratoria sigue vigente”; así, el art. 14 de ese Decreto Supremo señala que corresponde a la Subsecretaría de Migración, hoy Vice ministerio de Régimen Interior, hacer cumplir las órdenes de expulsión de extranjeros determinadas por el “Supremo Gobierno”, orden de expulsión que es una facultad soberana de un Estado que tiene y puede expulsar a un ciudadano que contraviene sus normas, “…no puede haber SC alguna que le prive al estado boliviano el derecho de hacer respetar su soberanía, el derecho de respetar su dignidad, eso no puede permitir ningún estado y eso no vamos a permitir como gobierno que defendemos la soberanía del estado” (sic).

3. El Ministerio de Gobierno, haciendo uso de los mecanismos legales, dictó la RM 4213 de 19 de septiembre de 2006, dando lugar a que el ciudadano cubano sea aprehendido en la ciudad de Santa Cruz, para luego ser conducido a La Paz; aprehensión que fue ejecutada por funcionarios de Migración en cumplimiento de la Resolución de referencia, previo cumplimiento con las 72 horas de su notificación, “al no haberse interpuesto recurso de apelación, que al existir una causal o motivo establecido por ley, no configurara la detención indebida como se invoca” (sic).