SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0037/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0037/2007-R

Fecha: 31-Ene-2007

conceder, anular, cancelar o prorrogar radicatorias y permanencias en el país, y determinar la expulsión de extranjeros, en los casos previstos por ley.

El 4 de septiembre de 1998, se emitió el DS 25150, por el cual se creó el Servicio Nacional de Migración (SENAMIG), como estructura operativa del Ministerio de Gobierno, encargado de administrar el régimen de migración, con atribuciones, competencia y alcance nacional. De acuerdo al art. 3 del DS 25150, tiene como misión institucional, regular, registrar y controlar el ingreso y salida de  personas del territorio nacional, administrar el régimen de extranjería y naturalización, regulando y procesando el ingreso, residencia y permanencia de los ciudadanos extranjeros; administrar la emisión y control de pasaportes; así como estudiar la política  migratoria.  De acuerdo al art. 7, el SENAMIG tiene como atribuciones, entre otras, conceder, anular, cancelar o prorrogar radicatorias y permanencias en el país, y determinar la expulsión de extranjeros, en los casos previstos por ley.