SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0037/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0037/2007-R

Fecha: 31-Ene-2007

II.5.

II.5.  Por comunicación de 30 de marzo de 2001, el Director General de Asuntos Bilaterales del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, informó a la representante departamental del Defensor del Pueblo, Santa Cruz, que la CONARE en ningún momento otorgó el status de refugiados a los ciudadanos cubanos Jorge Martín Alfonso Salgado, Amauris Samartino Flores y José Antonio Laguardia Mesa, ya que éstos ingresaron al país con la colaboración del Gobierno Norteamericano y la OIM para su reasentamiento permanente (fs. 137); en igual sentido se tiene la comunicación de 14 de septiembre de 2001, enviada por el Viceministro de Relaciones Exteriores y Culto  a Diputados Nacionales, en la que se señaló expresamente que “la Comisión Nacional del Refugiado (CONARE), en ningún momento otorgó el carácter de refugiados al mencionado grupo de ciudadanos cubanos…”(fs. 139).