DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0196/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0196/2015

Fecha: 05-Nov-2015

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Los artículos del proyecto de la Carta Orgánica de Incahuasi, que fueron declarados incompatibles en la DCP 0018/2015 de 16 de enero; son los siguientes: arts. 5; 6 en la palabra “fundamental”; 7; 9; 13; 14; 15; 22 en la frase “salvo excepciones establecidas por la Constitución, la Carta Orgánica y las Leyes”; 23 (no debiendo incluirse la palabra máxima en su reformulación); 24; 25.inc. d); 28.1, 8 en la frase “aprobar y rechazar”, 18 en la palabra “etnias” y 21 en la frase “alcalde municipal y administración municipal”; 29.I. inc. d.; 35.I.8 en la parte en la que señala “2/3”; 36.I.1 y II; 39.4 y 5; 40.6 en la palabra “vetar” y en la frase “de diez (15) días”, 7, 11, 15, 19, 22 en la frase “debidamente suscritos y aprobados por el Concejo Municipal, dentro de los plazos establecidos”, 24 en la palabra “étnica”, 26, 28, 29 y 30; 41; 43.II; 44; 50.I. inc. c., y, II; 51.II en la frase “permitir el acceso efectivo a la información de cualquier entidad pública”; 53; 55; 61; 62; 63 en todo el título; 65.I; 66.I en la palabra “ordenanza”; 66 (artículo titulado como “EMPRESAS MUNICIPALES”), 69 numerales 2, 6, 7, 14, 38 y 41; 70.24; 71 en la palabra “hábitat” del título, y, numeral 7; 72.6; 73.14 y 26; 74.1, 2 y 5; 75 último párrafo; 76.1 y 7; 77 en la palabra “biodiversidad” de su título; 78.8; 79; 80.5; 81.16; 82.6; 83.6; 84.4; 85.1 en la frase “Controlar (…) alimentos, medicamentos, insumos agropecuarios”, 4 y 5; 86.15; 87 en las frases “…y ejecución…” de su título y “…la Carta Orgánica Municipal y normas vigentes” de su texto; asimismo, el título del Capítulo Segundo del Título VII del proyecto de Carta Orgánica “ACREDITACIÓN COMPETENCIAL”; 88 en la palabra “nuevas”; 89.1 en la palabra “departamental”; 92; 93; 94; 96 numerales 1, 2, 3 y 4; 97 desde la frase: “Los bienes de dominio público son los activos materiales e inmateriales…” hasta el numeral 5 inclusive, del texto transcrito; 99; 102 debiendo ser reformulado el mismo, de acuerdo a las observaciones realizadas, eliminando la frase “Tasa de Seguridad Ciudadana”; 105; 109; ambos arts. 110; 120; 129.3; 137 en la última oración que señala: “Debiendo ser ratificados mediante Ley Municipal”; 138; 140; 143 en la frase “personas con capacidades diferentes”; 146 en las frases “personas con capacidades diferentes” y “Dando la oportunidad con preferencia a los habitantes del municipio”; 147.b. y c.; 150 en el título y parágrafo I. de la palabra “EN SITUACIÓN DE DISCAPACIDAD”, y, la palabra “reconoce” de su texto; 152, 154 y 155