DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0196/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0196/2015

Fecha: 05-Nov-2015

numeral 22

El fundamento de la incompatibilidad en la frase “debidamente suscritos y aprobados por el Concejo Municipal, dentro de los plazos establecidos”, del numeral 22 tiene el siguiente texto: “se advierte que se está vulnerando a la independencia de órganos, la cual está prevista en el tantas veces citado art. 12.I de la CPE, toda vez que crearía dependencia entre el Alcalde y la referida suscripción y aprobación del Concejo Municipal de dichos estados financieros”.