DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0196/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0196/2015

Fecha: 05-Nov-2015

art. 77

Los argumentos del cargo de incompatibilidad del término “biodiversidad” del art. 77, se sintetiza en los siguientes términos: “En ese sentido, claramente el hecho de disponer que la biodiversidad es competencia de Gobierno Autónomo Municipal de Incahuasi está contradiciendo el art. 298.20 de la CPE, por ello, se declara la incompatibilidad de la palabra “biodiversidad” del artículo analizado”.