DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0117/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0117/2016

Fecha: 01-Sep-2016

ARTÍCULO 150.- Procedimiento de reforma total.

I.         Al tratarse de una reforma total, el Concejo Municipal convocara a la Asamblea Municipal con representación del total de organizaciones e instituciones representativas del Municipio, elegidos mediante normas y procedimientos propios, bajo el enfoque de paridad de género y en cumplimiento a los requisitos exigidos en la normativa a emitirse para tal efecto.