DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0117/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0117/2016

Fecha: 01-Sep-2016

ARTÍCULO 53. Carrera Administrativa Municipal.

II.    Son servidores públicos municipales de carrera, aquellos que forman parte de la administración pública municipal, cuya incorporación y permanencia se ajusta a las disposiciones establecidas, sometiéndose a constantes procesos de evaluación de desempeño de sus funciones; la permanencia de estos servidores públicos está condicionada a su desempeño”.