DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0117/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0117/2016

Fecha: 01-Sep-2016

corresponde declarar la incompatibilidad constitucional de los incs. 12) y 14) del parágrafo I del art. 45 en análisis

Acerca de los incs. 12) y 14) del art. 45.I del proyecto de Carta Orgánica, se resolvió en el siguiente sentido: “Las disposiciones apuntadas establecen espacios para el ejercicio de la participación y control social, extremo que es compatible con la Constitución Política del Estado; sin embargo, al emplear el término ‘organizaciones sociales’ como titulares del ejercicio de ese derecho, incurre en el mismo cargo de incompatibilidad del art. 24.I inc. 38) del proyecto de Carta Orgánica Municipal; en consecuencia, corresponde declarar la incompatibilidad constitucional de los incs. 12) y 14) del parágrafo I del art. 45 en análisis(las negrillas son agregadas).