DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0117/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0117/2016

Fecha: 01-Sep-2016

corresponde declarar la incompatibilidad de la integridad del art. 24.I.32 del proyecto

Respecto al inc. 32) del art. 24.I del proyecto de Carta Orgánica, se falló de la siguiente manera: “La disposición señalada, atribuye al Concejo Municipal, la aprobación de la organización territorial y distritación municipal; atribución que no vulnera ningún precepto constitucional; sin embargo, el estatuyente municipal, en la redacción de la norma incurrió en un error gramatical, ya que al pretender referirse a la ‘Distritación Municipal’ erróneamente se refiere a la ‘Disertación Municipal’, ese extremo genera inconsistencia e imprecisión en la norma en cuestión, afectando la seguridad jurídica que deben reflejar las normas jurídicas; consiguientemente, al verse afectado el principio de seguridad jurídica, corresponde declarar la incompatibilidad de la integridad del art. 24.I.32 del proyecto de Carta Orgánica con la Norma Suprema” (las negrillas son nuestras).