DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0117/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0117/2016

Fecha: 01-Sep-2016

Sobre el inc. 1) del parágrafo I del art. 14

Como se señaló anteriormente, la integridad del art. 14 contiene las competencias exclusivas de los gobiernos autónomos municipales desarrolladas en el art. 302.I de la CPE; el numeral 1 de la disposición constitucional citada, establece como una competencia exclusiva municipal ‘Elaborar su Carta Orgánica Municipal de acuerdo a los procedimientos establecidos en esta Constitución y la ley, en contraposición, el inciso cuestionado del art. 14 del presente Proyecto, señala: ‘Elaborar la Carta Orgánica Municipal de acuerdo a los procedimientos establecidos en la Constitución Política del Estado, la Carta Orgánica y la Ley’.