DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0117/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0117/2016

Fecha: 01-Sep-2016

corresponde declarar la incompatibilidad del art. 2.II del proyecto

Por un lado, el art. 269.II de la CPE, establece una reserva de ley en favor del nivel central del Estado, para la creación, modificación y delimitación de unidades territoriales; por otro lado, de la revisión del art. 298.I de la CPE –que contiene las competencias privativas del nivel central del Estado– no se advierte ninguna relacionada a la materia de delimitación de unidades territoriales; en consecuencia, la disposición objeto de análisis, afecta el catalogo competencial y la reserva de ley establecidos en las disposiciones constitucionales señaladas, por lo cual, corresponde declarar la incompatibilidad del art. 2.II del proyecto de Carta Orgánica Municipal” (las negrillas son nuestras).