SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0025/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0025/2017

Fecha: 21-Jul-2017

Existen padres, madres de familia que aprovechan la oportunidad y los mandan pues a trabajar a los niños (…), esa es también una de nuestras realidades (…), y hay más realidades en las que a los niños les mandan a trabajar, les mandan a vender dulces, les mandan a los locales donde se está vendiendo y consumiendo bebidas alcohólicas, y los padres sin ninguna responsabilidad les mandan a estos niños a trabajar, todo para que ni siquiera para beneficiarlos a ellos mismos ni darles el alimento ni darles la vestimenta, para que ellos mimos utilicen ese dinero y vayan a tomarse y vayan hacer su vida y olvidarse de estos niños

Existen padres, madres de familia que aprovechan la oportunidad y los mandan pues a trabajar a los niños (…), esa es también una de nuestras realidades (…), y hay más realidades en las que a los niños les mandan a trabajar, les mandan a vender dulces, les mandan a los locales donde se está vendiendo y consumiendo bebidas alcohólicas, y los padres sin ninguna responsabilidad les mandan a estos niños a trabajar, todo para que ni siquiera para beneficiarlos a ellos mismos ni darles el alimento ni darles la vestimenta, para que ellos mimos utilicen ese dinero y vayan a tomarse y vayan hacer su vida y olvidarse de estos niños…” (negrillas adicionadas); añadiendo de otro lado, que, “…nosotros no debemos de ninguna manera, hacer que estos padres sean totalmente irresponsables, tenemos que crear, presidente, tenemos que legislar, tenemos que prever de que estos padres que tienen a sus hijos, tienen que tener con responsabilidad y de acuerdo a los derechos de los niños, los niños tienen toda la obligación y tienen todo el derecho de crecer adecuadamente, no forzados, presidente, a que desde temprana edad ellos tengan la responsabilidad de mantener su hogar (…), imagínese como a semejantes niños nosotros les estamos haciendo responsables a temprana edad, sabiendo que ellos en esa edad tienen derecho a jugar, tienen derecho a estudiar y eso es lo que estamos nosotros…, les estuviésemos limitando, presidente, el hecho a que ellos tengan que estar su mentalidad en otra cosa, le estamos dando una responsabilidad que la que tenemos los padres, los mayores de edad tenemos esa responsabilidad, no nuestros niños. Pero sin embargo, presidente, (…) también dejar establecido que en la Disposición Transitoria Décima Primera, en el inciso e, se está mencionando de que en un plazo mayor de cinco años, dice: ‘En un plazo no mayor a cinco años erradicar el trabajo infantil a través de la implementación de los programas específicos a nivel nacional, departamental, municipal’.